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En Reconquista y Avellaneda

La Corte repuso el descanso dominical en el norte

El Máximo Tribunal provincial solo admitió el recurso de queja.

Miércoles, 22 de marzo de 2017

La resolución del Máximo Tribunal provincial solo admitió el recurso de queja, sin entrar a considerar el núcleo de lo que está en controversia: la constitucionalidad o no del descanso dominical. Sin embargo, tiene dos efectos inmediatos. En primer lugar, la Corte deberá ahora abocarse a tratar el "fondo de la cuestión en litigio", o sea decidir sobre la constitucionalidad de la norma que obliga a los super de grandes superficies a cerrar los días domingo.

SUSPENSIVOS

En segundo lugar, la decisión tiene "efectos suspensivos" para las partes. Esto implica que los supermercados de las ciudades de Reconquista y Avellaneda, que participan de este expediente, deberán volver a cerrar sus puertas hasta tanto la Corte decida sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma (la cuestión de fondo), por cuanto la resolución de admitir el recurso de queja suspende el fallo de la Cámara de Apelación de Reconquista que consideró inconstitucional la norma provincial y las ordenanzas de las dos ciudades sobre el descanso dominical.

Conviene recordar que la resolución que tomó la Corte Suprema provincial solo afecta a las partes del expediente tratado, o sea a los super de las ciudades de Reconquista y Avellaneda que participan del litigio. No incluye a los de Rosario.

 

Fuente: Prensa Poder Judicial de Santa Fe

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