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Proyecto del diputado Blanco

En Santa Fe impulsan una ley “antiploteo”

Proponen prohibir el uso de nombres e imágenes de funcionarios en bienes públicos.

Martes, 09 de mayo de 2017

El diputado provincial, Joaquín Blanco, presentó un proyecto de ley para que se impida la utilización de nombres y apellidos, apodos o referencias personales de funcionarios, agrupaciones o partidos políticos en vehículos oficiales, maquinarias, carteles de obra y edificios públicos.

 

“El objetivo de esta ley es que quienes ejercen cargos públicos no se aprovechen de los bienes del Estado para publicitar sus propios nombres o imagen”, señaló el diputado socialista. 

ÉTICA PÚBLICA

 “Queremos profundizar el camino de transparencia y ética pública trazado en Santa Fe, y que la destaca en el contexto nacional, por ejemplo siendo pionera en la implementación del sistema electoral de Boleta Única. En ese sentido, será un paso más avanzar con una legislación que sancione y despeje cualquier situación en la que un funcionario pueda buscar beneficios electorales con el mal uso de los bienes públicos”, sostuvo Blanco.

PROHIBICIÓN TOTAL

“Queremos que quede explícitamente prohibida la utilización de los bienes del Estado, pagados con dinero de todos los contribuyentes, en  la rotulación publicitaria de nombres propios en carteles de obra pública o vehículos, como ambulancias, camiones de agua o unidades de traslado de personas”, añadió el diputado.

EL PROYECTO

El proyecto, propone modificar el artículo 2 de la Ley 13230 de “Ética en el Ejercicio de la Función Pública”, e incluir un nuevo inciso en el que se destaque: “No exhibir ni utilizar nombres y apellidos, apodos o referencias personales de funcionarios que posean cargos electivos, agrupaciones o partidos políticos en vehículos oficiales, maquinarias y carteles de obra y edificios públicos, que representen cualquier forma de publicidad política”.

LOS PLOTEADOS

El tema de los “ploteados” ha adquirido relevancia nacional, tras darse a conocer en un informe periodístico que un centenar de gestiones municipales han utilizado este tipo de publicidad indebida, en más de 16 provincias.

SANCIONES

En el caso de que no se cumpla con la ley, las sanciones son las que determina la Ley de Ética Pública, además de las previstas por el Código Penal. “En aquellos casos en los cuales actualmente haya indicios de publicidad política en bienes públicos, se le dará un plazo de 90 días a partir de la entrada en vigencia de la modificación a la ley para que se adecuen”, explicó Blanco.

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