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Por ordenanza municipal

Santa Fe es un territorio libre de pirotecnia

Multas, decomiso y clausura de locales, entre las sanciones por incumplir.

Jueves, 12 de octubre de 2017

Con las organizaciones proteccionistas de los animales y agrupaciones como Hablemos de Autismo TEA Santa Fe como testigos, el Concejo Municipal aprobó una ordenanza a través de la cual se declara a la ciudad de Santa Fe "Territorio libre de pirotecnia".

La propuesta llegó finalmente al recinto luego de dar vuelta por las distintas comisiones desde 2012, pero lo hizo tras lograr el consenso de los actores involucrados y de esta manera cosechó los votos de todos los concejales.

PROHIBICIÓN

El edil Ignacio Martínez Kerz (PJ-Santa Fe es una Sola) es del autor de la iniciativa que en el texto votado indica textualmente: "Prohíbase en todo el ámbito del ejido municipal la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista o minorista y uso particular, de todo elemento de pirotecnia o cohetería".

PROGRESIVO

En este sentido, se considera artefacto pirotécnico o de cohetería al destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles mecánicos o audibles, estando incluidos todos aquellos que se enciendan o accionen mediante el uso de mecha, combustión o fricción. Es necesario aclarar también que la aplicación se irá dando en forma progresiva durante dos años.

Es decir, que el Ejecutivo Municipal "deberá determinar en este plazo máximo e improrrogable la instrumentación progresiva de lo dispuesto, otorgando mayor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan menor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso, contemplando otorgar el menor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan mayor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso", establece uno de los artículos.

EXCEPCIONES

De todas manera, la ordenanza aprobada plantea exceptuar de la prohibición a los particulares e instituciones públicas o privadas en tanto la utilización de los elementos prohibidos por la norma lo fuera en el marco de la organización y realización de espectáculos de "fuegos artificiales visuales". 

A tal efecto, deberá contar con autorización previa de la Municipalidad y/o quien éste designe como autoridad de aplicación competente. También quedan a margen de esta prohibición las Fuerzas Armadas y de Seguridad y a sus integrantes en el ejercicio de sus funciones específicas.

SANCIONES

Al mismo tiempo, la norma prevé la aplicación de sanciones que van desde una multa de un salario mínimo vital y móvil y decomiso de mercadería; a una pena de dos salarios mínimo vital y móvil, decomiso de mercadería y clausura del comercio por un día en caso de una segunda infracción; y un castigo de tres o cuatro salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de mercadería y clausura del comercio de dos o cinco días, en caso de reincidir por tercera vez.

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Esta ordenanza también aclara que el municipio deberá realizar una amplia divulgación de la norma y su reglamentación, comunicándola de forma fehaciente a los comerciantes de la ciudad a los que se les deberá entregar copia de la misma.

FUNDAMENTOS

Esta es una ordenanza que se viene discutiendo desde el 2012 "y se trabajo mucho en la comunidad con el apoyo de instituciones vinculadas con los animales, que busca defender los intereses de la comunidad en su conjunto, que protege a nuestros niños, animales y ancianos, y al medio ambiente; y se logró aprobar por unanimidad después de mucho trabajo", dijo Martínez Kerz.

EN LA PROVINCIA

Manifestó su deseo de que esta norma se aplique a nivel provincial. "En la cámara de Diputados se encuentra en discusión una prohibición total en todo Santa Fe y está en su última etapa para ser aprobada. Por eso celebro el acompañamiento de todas las instituciones y de todos mis pares que integran todos los bloques", manifestó el edil.
 

Fuente: Uno Santa Fe

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