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Actualización anual

En 2018 las multas subirán un 25,4 % en Santa Fe

El municipio fijó nuevo valores para el Régimen de Infracciones y Penalidades de la ciudad.

Sábado, 16 de diciembre de 2017

A partir del 1° de enero de 2018, las multas aumentarán un 25,4 % en la ciudad de Santa Fe. La resolución aún no publicada, fija el nuevo valor de la Unidad Fija (UF) en 22,173 pesos, siendo hasta el momento de 17,67 pesos.

La UF es la fórmula de medición que se establece del promedio de tres tipos de naftas y sirve para determinar los valores para todas las multas tipificadas en el Régimen de Infracciones y Penalidades local (Ordenanza N° 7882).

El valor se actualiza anualmente. El año pasado la UF aumentó el 1° de octubre: saltó de 13,62 pesos (valor de 2015 actualizado en 31 de agosto de aquel año) a 17,67 pesos: un 29,7 %. Este año (con 25,4 %) esa suba para las multas fue menor.

POTESTAD DEL EJECUTIVO

El Ejecutivo tiene la potestad normativa de actualizar el valor de la Unidad Fija, como lo establece el artículo 3 bis de la ordenanza del Régimen de Infracciones local. Hubo un intento sancionado desde el Concejo para “recuperar” esa facultad y que el Deliberativo decida el valor de la UF, pero el intendente José Corral lo vetó.

Dice ese artículo 3 bis: “El valor de la Unidad Fija será determinado por el Ejecutivo Municipal anualmente, en base al cálculo del promedio de los precios del litro de los combustibles nafta súper, nafta premium y diesel Premium, que comercialice el Automóvil Club Argentino (ACA) en la ciudad de Santa Fe”.

EFECTO DISUACIVO

El argumento del municipio —y de los ediles oficialistas del Concejo— ha sido siempre que las multas dinerarias elevadas generan un “efecto disuasivo” en el infractor, lo que lleva a que no reincida en la falta que comete.

LAVADO DE VEREDAS

Con el nuevo valor, por ejemplo, el lavado de las veredas en contravención a las normas reglamentarias o la falta de aseo de éstas (infracción tipificada en el régimen; los días permitidos son martes, jueves y sábados) se penan con multa de 15 UF (que equivaldrán a unos 330 pesos de mínima) a 150 UF (unos 3.300 pesos de máxima).

ARROJAR RESIDUOS

Asimismo, arrojar o depositar en la vía pública residuos, escombros, tierra o materiales de construcción (fuera de los días establecidos para su recolección), están penados con multas de 80 UF (ahora serán unos 1.800 pesos) hasta 800 UF (casi 18 mil pesos de máxima).

LAVADO DE VEHÍCULOS

Otra infracción muy común: el lavado de vehículos en la vía pública está penado con multa de 20 UF (ahora serán casi 500 pesos de mínima) a 200 UF (casi 4.500 pesos de multa máxima) o clausura de hasta quince días.

NORMAS DE TRÁNSITO

Respecto de las normas del tránsito, circular en auto sin tener colocados los cinturones de seguridad (tanto el conductor como los acompañantes) la multa va de 50 UF (subirá a 1.100 pesos la multa de mínima) hasta 500 UF (11 mil pesos de máxima), e incluso inhabilitación de hasta 60 días.

Los mismos montos corren por la infracción de circular con niños menores de diez años en el asiento delantero (excepto en los vehículos con cabina única) o con niños al volante. Siempre al monto definitivo entre la multa dineraria de mínima y de máxima la determina el Juez de Faltas Municipal.

Fuente: El Litoral

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