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La ANMAT regulará la fabricación y/o importación

Argentina regula por primera vez los anteojos de sol

Uno de cada cinco lentes no es seguro.

Jueves, 24 de enero de 2019

 

Los fabricantes nacionales e importadores de anteojos de sol deberán inscribirse ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), y deberán además presentar ante ese organismo los niveles de calidad mínima con que fabrican sus productos, según establece la disposición 562 publicada el pasado viernes en el Boletín oficial.

Así, los anteojos para sol que no cuenten con la debida inscripción en la Anmat deberán ser retirados de la comercialización y podrán ser individualizados perfectamente por los compradores, y se podrá establecer además si un producto tiene verdaderamente los filtros adecuados, y qué nivel de protección es la que está utilizando.

GRAN AVANCE

El vicepresidente de la Cámara de Ópticas de la provincia de Córdoba, Sebastián Paesani, explicó a Cadena 3: "Es un gran avance que se hizo desde la Cámara de Industria del rubro óptico en Buenos Aires. Lo se busca es regular importadores y a los fabricantes de anteojos de sol dentro de una regulación que hace el Anmat".

CUIDAR LOS OJOS

Al respecto de los lentes no regulados, detalló: "Estos anteojos, que hace años se comercializan, perjudican a distintas capas en del ojo, tanto de la retina como a nivel de la córnea. En ese sentido, indicó: "El ojo tiene sensibilidad a la luz, a los rayos ultravioleta, y hay que cuidarlos, especialmente en las horas pico".

INSCRIPCIÓN

Los fabricantes deberán abonar $ 3.250 por la inscripción, mientras que los importadores deberán pagar $ 4.450. Toda aquella empresa que desee comercializar anteojos para sol deberá necesariamente estar inscripta en un registro público, situación que antes no se requería.

RIESGO PARA LA SALUD

Según los considerandos de la norma. la decisión se tomó tras reuniones con expertos en oftalmología, quienes plantearon "el riesgo para la salud que implica el uso de anteojos para sol sin controles sanitarios".

EXCEPTUADOS

Quedan exceptuados de la aplicación de la norma "los equipos de protección del ojo contra la radiación de fuentes de luz artificial, tales como las de los solariums; las gafas de esquí, u otros tipos de protectores oculares usados en actividades deportivas y las gafas para sol y filtros prescritos médicamente para atenuar la radiación solar.

 

Fuente: Cadena 3

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