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A través de un DNU

Macri eliminó la Secretaría de Deportes

El organismo pasó a convertirse en una agencia nacional.

Miércoles, 30 de enero de 2019

El Gobierno de Mauricio Macri continúa con el ajuste del Estado y esta vez eliminó sin especificar necesidad ni urgencia a la Secretaría de Deportes.

Lo hizo a través del DNU 92/2019 para modificar la Ley de Deporte y a su vez crear la Agencia del Deporte Nacional que estará bajo el resguardo de la Secretaría General de la Presidencia donde se desempeña Fernando Marín, autor intelectual del proyecto.

EL DECRETO

"La AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL posee plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado y su patrimonio estará constituido por los bienes que se le transfieran en asignación y los que adquiera en el futuro por cualquier título a nombre del Estado Nacional. Tendrá su sede principal en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", señala el artículo 5 del decreto dejando en claro que dispondrá de los activos deportivos para su explotación.

En el artículo 12 se anuncia la eliminación del Ente Nacional de Desarrollo Deportivo y con él se quita la Asignación Universal Por Hijo por Deporte que el Gobierno ya había intentado quitar en el presupuesto 2019. También se derogó la ley 24.052 que en su momentó creó entre otras cosas la comisión automovilismo y motociclismo.

QUITA DE PERSONERÍA

El punto clave en el marco de este proyecto que viene a privatizar los activos correspondientes al desarrollo de los deportistas es la quita de la personería jurídica a la Confederación Argentina del Deporte -CAD-, el único organismo que se enfrentó judicialmente a los recortes de Carlos Mac Allister y el contratista Diógenes de Urquiza.

A la CAD solamente la atacaron en dictaduras; en el 1955 y en el 1976 cuando intentaron liquidar activos, ahora lo hace el Gobierno de Mauricio Macri.

ABUSO DE PODER

 Rodolfo Paverini, titular de la confederación, ya declaró que ampliarán las denuncias contra los funcionarios por ser "partícipes necesarios por abuso de poder, persecución ideológica más la carátula accesoria de tráfico de influencias, cohecho e incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos”.

PRIVATIZACIONES

El artículo 15 del DNU es el que específica la capacidad privatizadora que tiene la nueva agencia ya que uno de los puntos definidos para que la agencia justamente genere "recursos operativos" son "las ventas, locaciones u otras formas de contratación de sus bienes muebles y servicios.

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