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Habilitaron en Internet consulta al Registro de Infractores

¿Cuánto deberán pagar de multa quienes no vayan a votar?

La Justicia Electoral Nacional difundió las sanciones para quienes se ausenten. 

Miércoles, 24 de abril de 2019

Lo inflación pegó en los costos de los sobres y las boletas que se usarán en las próximas elecciones. Sin embargo, los montos de las multas para quienes no emitan su voto se mantienen inalterados desde 2015, cuando fueron actualizados tras décadas de no haberse modificado.

Quienes no voten en las próximas elecciones deberán abonar una multa de $ 50 en el caso de las PASO y de $ 100 en el caso de las generales y el ballottage. 

REGISTRO DE INFRACTORES

Los montos fueron informados por la Justicia Nacional Electoral que habilitó, además, la consulta al Registro de Infractores en su sitio web, para que cada elector pueda verificar su situación, regularizarla o efectuar el reclamo por un error en la incorporación.

Las personas que figuren como infractores podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa que puede llegar hasta los $ 400, en caso de que se registren múltiples ausencias sin justificación a las últimas cinco elecciones de 2015 y 2017 (dos PASO, dos generales y un ballottage).

CÓMO SE PAGA

En el sitio web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) se podrá generar e imprimir la correspondiente boleta de pago. 

La penalidad se puede cancelar a través del Banco de la Nación (imprimiendo una boleta de pago), Pago Fácil y Rapipago o por medios electrónicos a través de tarjeta de crédito y transferencia bancaria.

Mientras no regularicen su situación, los infractores no podrán realizar gestiones o trámites ante organismos públicos por un año aunque sí estarán habilitados para votar.

RECLAMOS

Si un votante aparece en el Registro de Infractores, pero fue a votar y tiene el troquel que lo acredita, tendrá la posibilidad de efectuar el reclamo correspondiente en el portal de la entidad o acercarse a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con su documento (DNI, LE, LC) y el troquel.

Mientras no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, los infractores no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un (1) año.

EXCEPCIONES

Los mayores de 70 años y los menores de 18 años no figurarán en el Registro de Infractores, aunque no hayan votado en 2015 o 2017 y lo mismo ocurre con aquellos electores que no votaron, pero lo justificaron.

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