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El fatídico vuelo 3142 donde fallecieron 65 personas

Se cumplen 20 años de la tragedia de LAPA

Hubo dos condenados y el resto fueron absueltos.

Sábado, 31 de agosto de 2019

El 31 de agosto de 1999 se produjo una de las mayores tragedias aéreas de Argentina, cuando el vuelo 3142 de Líneas Aéreas Privadas Argentinas (LAPA) no despegó, continuó su trayecto por fuera del predio de Aeroparque y chocó contra una máquina vial que trabajaba en la zona. 

65 FALLECIDOS

El trágico desenlace dejó 65 personas fallecidas y se convirtió en el cuarto accidente más grave de la historia de la aviación argentina. Cabe recordar que hubo 34 sobrevivientes. 

La pérdida de combustible y el gas expelido por la rotura de la planta provocaron un incendio que causó la muerte de la mayoría de los pasajeros que habían sobrevivido al choque.

El avión, un Boeing 737-204C matrícula LV-WRZ, unía la ciudad de Buenos Aires con Córdoba. 

GRAVES NEGLIGENCIAS

La Junta de Investigaciones de Accidentes de Aviación Civil (JIAAC) estableció que la "causa inmediata" del accidente fue la omisión, por parte de su piloto, de extender los flaps para aumentar la sustentación de la nave, más la desatención intencional de la alarma que indicaba específicamente esa omisión?, dejando que la aeronave superara la velocidad V1 o velocidad de decisión, lo que hizo imposible detenerla a tiempo para evitar el desastre; señalando las graves negligencias en que incurrieron el piloto (quien volaba con su licencia vencida) y el copiloto Luis Etcheverry, fallecidos en el accidente. La JIAAC señaló también una serie de insuficiencias por parte de la empresa.

CONDENADOS

Luego de casi diez años de investigaciones, varios directivos de la empresa LAPA y funcionarios de la Fuerza Aérea responsables de los controles fueron acusados penalmente y llevados a juicio en 2005.

La sentencia de primera instancia fue dictada cinco años después, el 2 de febrero de 2010, condenando a Valerio Francisco Diehl (gerente de Operaciones) y Gabriel María Borsani (jefe de Línea de Boeing 737-200) a tres años de prisión en suspenso, por considerarlos penalmente responsables del delito de estrago culposo agravado.

ABSUELTOS

El resto de los acusados fue absuelto. 

PRESCRIPCIÓN

Sin embargo, la demora de los jueces en llevar a juicio a los acusados excedió los plazos legales, razón por la cual la Sala IV de la Cámara Federal de Casación anuló en 2014 las dos condenas, considerando que se había producido la prescripción de la acción penal, decisión que fue confirmada por la Corte Suprema.

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