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CORONAVIRUS

$ 800.000 de embargo por no cumplir la cuarentena

El juez además clausuró el comercio del ciudadano chino que vive en Zárate.

Miércoles, 18 de marzo de 2020

Un ciudadano chino que vive en Zárate (Buenos Aires) con su familia y maneja un supermercado en Justa Lima al 1900 llegó a la vecina ciudad este martes luego de haber viajado a China. El retorno lo hizo en un vuelo de Qatar Airways.

Lejos de respetar el período de cuarentena establecido como protocolo preventivo para los viajeros provenientes de aquellos lugares endémicos, abrió su mercado e incluso envió a su hija de 12 años a la escuela.

El miércoles por la noche autoridades sanitarias, junto a policía, se hicieron presentes en su domicilio de Villa Fox, donde también funciona el negocio, y se comprobó que tanto él como su familia no presentaban síntomas.

NO QUISO AISLARSE

A pesar de haber estado en una región donde circula el nuevo coronavirus, el hombre no quiso cumplir con las medidas de aislamiento y tanto él como su esposa, ambos ciudadanos chinos, fueron imputados en una causa penal, se les clausuró el comercio y se les embargó los bienes hasta cubrir la suma de $ 800.000.

ABRIÓ EL COMERCIO IGUAL

La decisión fue tomada por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay.

"Sin perjuicio de que es de público conocimiento frente a la emergencia sanitaria mundial actual y sobre todo en consideración a que provenía del foco de contagio primigenio del virus, el comerciante no habría permanecido aislado en su domicilio al retorno de su viaje y regresó a su actividad habitual, es decir, a atender el supermercado junto con su esposa", explicó el magistrado.

PENA DE PRISIÓN

También informó que cuando termine el aislamiento, la pareja será indaga por violar el artículo 205 del Código Penal que establece una pena de prisión de seis meses a dos años "para quien violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia" y también están imputados por el artículo 239 del Código Penal, que establece que será reprimido con prisión de quince días a un año la persona que "resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".

Fuente: Lautenticadefensa.net

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