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Lo reclamó la Defensoría del Pueblo de Santa Fe

Piden a inmobiliarias no cobrar comisiones por pago online

El organismo recordó que la normativa vigente no contempla esa retención.

Lunes, 27 de abril de 2020

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe expresó a las entidades que nuclean a agencias inmobiliarias su preocupación por numerosos planteos recibidos respecto de que estas empresas pretenden cobrar una comisión a las personas que quieren pagar el canon locativo a través de transferencia bancaria.

Les requirió que se ajusten a las normas vigentes y dejen de percibir este concepto.

SIN COSTOS

En notas dirigidas a la Corporación de Empresas Inmobiliarias de Rosario (Ceir) y a la Cámara de Empresas Inmobiliarias de Rosario (Cadeiros), la Defensoría recordó que, a través del decreto de necesidad y urgencia 320, el Estado nacional dispuso, “con carácter de orden público, que las inmobiliarias tenían un plazo de 20 días para poner a disposición de los inquilinos medios digitales para el pago del canon locativo, sin hacer mención alguna a cargos o costos que ello determinaría”.

USUARIOS AMPARADOS

En su planteo a las cámaras inmobiliarias, la institución santafesina consideró que “las acciones denunciadas atentan contra los locatarios, quienes se encuentran amparados no solo por el DNU, sino también por la ley de usuarios y consumidores, marco normativo que impone, entre otros derechos, la observancia de trato digno y evitar prácticas abusivas”. 

A CUMPLIR LA LEY

En este sentido, la Defensoría del Pueblo les pidió a la corporación Ceir y la cámara Cadeiros que insten a las inmobiliarias que forman parte de esas entidades a “cumplir cabalmente con el DNU 320 y con la ley nacional 24.240”.

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