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Lo afirmó el abogado constitucionalista santafesino

Rondina: “El DNU sobre Vicentín es irreprochable”

“Lo que hizo el gobierno fue la ocupación temporaria por 60 días y eso está permitido por ley” .

Jueves, 11 de junio de 2020

El abogado constitucionalista santafesino Domingo Rondina opinó por LT9 que "jurídicamente el DNU sobre Vicentin es irreprochable. La constitución dice que una empresa privada puede ser expropiada por el Estado a través de una ley. Lo que hizo el gobierno fue la ocupación temporaria por 60 días y eso está permitido por la ley nacional de expropiaciones".

LA LEY LO PREVÉ

Además agregó que "los que critican eso lo hacen desde un punto de vista político, ideológico, económico pero legalmente la ley lo prevé expresamente".

LA MEDIDA ESTÁ BIEN

"Ahora podemos decir que nos parece mal que el Estado se dedique a la actividad empresarial, pero esa es otra cuestión, pero formalmente la medida está bien".

EL ESTADO ES SOBERANO

Más adelante señaló sobre el proceso concursal, que "el derecho constitucional está en la cúspide de la pirámide jurídica. Que haya un concurso, una quiebra, no afecta la facultad del Congreso de expropiar una empresa. Entonces decir que juez tendría que haber designado al interventor, es en el marco de la ley de concurso; pero acá se sale de esas esferas y se enfoca desde el derecho público donde el Estado es soberano y toma decisiones por sobre todas las otras formas".  

MANIOBRAS DE VACIAMIENTO

También agregó que "es una mentira decir que en un concurso el juez controla la empresa, porque en un concurso el juez supervisa las deudas y que se pague, pero no controla a la empresa, por eso parece razonable que el Estado evite que la vacíen, que disminuya su valor, es un mecanismo razonable y no es la primera vez que se usa. De hecho. este miércoles el juez no evitó que los gerentes de Vicentin sacaran de las oficinas a sus empleados. Se busca evitar maniobras de vaciamiento".

INTERVENCIÓN TEMPORARIA

Por último sobre el decreto mencionó que "el decreto no dispuso la expropiación sino la intervención temporaria por 60 días, incluso un ministro la hubiese dispuesto, y la dispuso el presidente por un DNU, así que técnicamente es irreprochable".

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