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Las medidas rigen desde la hora cero del 26 de setiembre y por 14 días

Santa Fe: reabren bares, inmobiliarias y gimnasios

Pero limitarán el horario de circulación en La Capital y otros 5 departamentos.

Jueves, 24 de septiembre de 2020

Un día antes de lo habitual, el gobernador de la provincia, Omar Perotti, acompañado de la vice, Alejandra Rodenas, anunció nuevas medidas para la provincia de Santa Fe. 

Este jueves los casos de coronavirus ascendieron en la provincia a 1.925, por lo que se comunicaron nuevas restricciones en los lugares donde el virus está manifestando el pico.

También participanron de los anuncios los intendentes de Santa Fe, Emilio Jatón, y de Rosario, Pablo Javkin.

Los cambios en Santa Fe y Santo Tomé

Los comercios, minoristas y mayoristas podrán funcionar hasta las 20 horas, pero nunca coincidiendo con el horario bancario.

La apertura y cierre de estos será definida por los intendentes de cada ciudad, para evitar que la circulación sea coincidente, según indicó Perotti.

En cuanto a los locales gastronómicos tendrán nuevos protocolos con atención al aire libre y a cielo abierto hasta las 24 horas, y con una atención en su interior que no supere el 30 % de la capacidad del bar o restaurante.

El servicio take away  estará permitido hasta las 20 horas y los pedidos a domicilio hasta las 24.

Por su parte, las inmobiliarias, al  igual que los comercios, podrán abrir en horarios que no coincidan con la actividad de las entidades bancarias.

Además, el personal doméstico está habilitado a retomar el trabajo, siempre que no sea necesario el traslado en transporte público.  

En tanto, las profesiones privadas, salvo las médicas, deberán ser sin atención al público.

Vuelven los gimnasios

El intendente Emilio Jatón anunció que los gimnasios retomarán sus rutinas y clases pero en horarios reducidos.

"Hay que aprender a convivir con la economía en medio de una pandemia", remarcó.

Caminatas también

Las caminatas estarán habilitadas hasta las 20 horas.

Las restricciones

En otro orden, el gobernador precisó una serie de limitaciones que tienen que ver con la circulación en la vía pública principalmente. 

Estas consisten en que no se podrá utilizar ningún tipo de vehículo luego de las 20 horas, salvo el servicio de taxis o el transporte público en ambas ciudades.

También podrán hacerlo aquellos habilitados por tener profesiones o actividades esenciales.

El resto de la población no tendrá permitido circular ni en auto, ni en moto, ni en bicicleta fuera de ese horario.

Las "nuevas modalidades por pandemia", como definió el gobernador, se implementarán a partir de las 0 horas de este sábado.

Este viernes cada intendente deberá definir, junto con los sectores comerciales y productivos, los horarios y las modalidades de cada rubro luego de estas medidas.

Nueva modalidad de convivencia

Desde las 00 hora de este 26 de septiembre y por 14 días corridos, en los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López, y en las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé, del departamento La Capital.

¿Qué podemos hacer?

Comercios mayorista y minorista hasta las 20.00 horas en horarios que no coincidan con los horarios bancarios.

Locales gastronómicos, bares, restaurantes y heladerías

• Con concurrencia de personas hasta las 24 horas y con ocupación del 30% del local en superficies cerradas.

• Envíos a domicilio (delivery) hasta las 24 horas.

Exclusivamente para Rotiserías:

• Servicio para llevar (take away) hasta las 20 horas.

• Envíos a domicilio (delivery) hasta las 24 horas.

Actividades religiosas, cultos

Reuniones o ceremonias de hasta 30 personas.

Obras privadas

Hasta 10 (diez) trabajadores, profesionales o contratistas.

Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes.

Actividades de inmobiliarias y mudanzas hasta las 20.00 horas y que no coincidan con los horarios bancarios.

Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con la autorización nacional. 

Salas de grabación y ensayo

Preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.

Actividad notarial necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con personas indispensables y evitando reuniones. 

Servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología.

Con turno previo y con una ocupación máxima del 50% del local.

Ejercicio de profesiones liberales, sin atención al público, excepto profesionales del Arte de Curar.

Servicios de personal doméstico sin la utilización del transporte público de pasajeros.

Actividades físicas y deportivas en clubes, gimnasios y complejos deportivos que no impliquen contacto físico entre los participantes, disponiendo un sistema de turnos. Sin habilitar espacios de uso común y vestuarios.

Actividades físicas individuales en espacios públicos con distanciamiento social y evitando la aglomeración de personas.

Salidas breves para caminatas de esparcimiento

Sin extenderse más allá de las 20.00 horas.

¿Qué no podemos hacer?

Actividades comerciales de shoppings.

Pesca deportiva y recreativa modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.

Museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.

Enseñanza de disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.

Actividad artística y artesanal

A cielo abierto, en plazas, parques y paseos.

Actividades administrativas, sindicatos, entidades gremiales, empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.

Restricciones a la circulación en vía pública

Departamentos: Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros, General López y La Capital.

Entre las 20.00 horas y las 6.00 horas se permite la circulación sólo a personas que desarrollen actividades autorizadas. Con uso del transporte público de pasajeros, y pudiendo utilizar taxis y/o remises.

Recomendaciones

Para personas mayores de 60 años o grupos de riesgo

• Permanecer en sus domicilios.

• Limitar la circulación a la estrictamente necesario.

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