La Anmat prohibió un aceite de oliva
La denuncia hizo foco en que “el producto tendría olor y sabor no característico”.
Jueves, 10 de junio de 2021
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva.
A través de la disposición 4011/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de oliva, marca Monte Olivo, Salud & Buen Gusto, Origen: San Rafael, Mendoza, R.N.E. 3314257, R.P.N.A. 13624389, Primera Prensada en frío Extra Virgen”, por carecer de registros de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Olor y sabor no característico
Desde la Anmat explicaron que “las actuaciones se iniciaron a raíz de un reclamo de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente” y que el reclamo se refiere a que según manifestaba el consumidor, “el producto tendría olor y sabor no característico”.
Registro inexistente
A partir de ahí, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL realizó la consulta federal al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza a fin de verificar si el registro de producto que se exhibe en el rótulo del producto investigado se encuentra autorizado, a lo que informó que el registro es inexistente” y que “se verificó que no hay registros para el mencionado RNE”.