Cuota alimentaria: la responsabilidad también alcanza a los tÃos
La jueza argumenta que "el deber alimentario es el efecto principal del parentesco".
Viernes, 04 de octubre de 2024
El Tribunal Colegiado de Familia 7 de Rosario estableció un fallo polémico en el ámbito de la responsabilidad alimentaria.
En un caso inédito, un tío deberá abonar la cuota alimentaria de su sobrina, tras la falta de cumplimiento del padre. La madre de la niña, ante la inacción del progenitor, acudió a la Justicia para hacer valer sus derechos.
Que se aplique la ley
El padre de la niña no tiene trabajo registrado ni bienes, lo que llevó a la madre a solicitar que se aplique la ley en este contexto.
Según el Código Civil, las obligaciones alimentarias pueden ser ascendentes o descendentes, pero este fallo expande la interpretación de la ley. La jueza, al no encontrar solución en la figura del abuelo, decide que el tío, hermano del padre, debe hacerse cargo de un 15% de sus ingresos.
Solidaridad familiar
La jueza argumenta que "el deber alimentario es el efecto principal del parentesco", basándose en el principio de "solidaridad familiar".
Sin embargo, la decisión generó controversia por la responsabilidad del tío por las acciones del padre, planteando interrogantes sobre la naturaleza de la responsabilidad familiar.
Proteger el interés superior de la niña
La jueza destacó que su decisión busca proteger el interés superior de la niña, quien tiene derecho a la alimentación y a la atención básica. En este sentido, el fallo intenta garantizar que la niña reciba el apoyo necesario.
Debate sobre la responsabilidad familiar
Sin embargo, la situación plantea un dilema sobre la equidad de la ley y la carga que se impone a los familiares.
La polémica se centra en la interpretación de la ley y en la responsabilidad que se asigna a los familiares en situaciones de incumplimiento alimentario.
Este caso abrió un debate sobre la responsabilidad familiar y el papel del sistema judicial en la protección de los derechos de los niños.
La decisión de la jueza sentó un precedente que podría tener implicaciones en futuros casos similares, donde la solidaridad familiar se pone a prueba ante la falta de cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Fuente: Cadena 3