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Cuáles son los principales cambios que rigen en la capital

Santa Fe aprobó nuevas normas de nocturnidad

Poletti aseguró que "seremos más estrictos en los controles".

Domingo, 15 de diciembre de 2024

El Concejo Municipal aprobó cambios importantes en la Ordenanza N°12.852 que regula las Actividades de Esparcimiento y Ocio Nocturno, cuyo proyecto envió la Municipalidad de Santa Fe para mejorar el funcionamiento, la accesibilidad, seguridad e higiene, y estándares de protección contra la contaminación acústica de determinados establecimientos.

8 meses para verano y 4 para invierno

El intendente Juan Pablo Poletti, que impulsó estas modificaciones, señaló: “Propusimos las modificaciones porque la ordenanza anterior preveía seis meses y seis meses. Y sabemos que el verano se disfruta hasta abril y que comienza en septiembre, desde ese mes ya tenemos calorcito para estar en una vereda. Entonces se determinó ocho meses para verano y cuatro para invierno”.

Seremos más estrictos en los controles

“Era un pedido también de los empresarios gastronómicos, pero quiero que sepan que vamos a ser más estrictos en los controles para que los que estén en la vereda, tengan la música en los horarios que determinemos. Acá también pedimos la colaboración del privado para que no abusen de una normativa que los quiere ayudar, pero sin perjudicar al vecino”, dijo Poletti.

A propuesta de la municipalidad

Asimismo, la secretaria de la Producción y Empleo municipal, Rosario Aleman, remarcó que “desde el Ejecutivo se propuso una modificación a la ordenanza N° 12852 que regula la nocturnidad en la ciudad, modificaciones que fueron aprobadas en el día de ayer y que surgieron luego de haber convocado en febrero a la Comisión Revisora de dicha ordenanza".

"Esta Comisión está integrada por el sector gastronómico hotelero, por concejales y por representantes de los vecinos donde se concentra el polo gastronómico de la ciudad”.

Luego de algunas reuniones surgieron las propuestas que el Ejecutivo elevó al Concejo Municipal y que fueron aprobadas.

Para finalizar, la funcionaria remarcó el “amplio consenso del cuerpo de concejales y la madurez del debate, en base a las modificaciones que se realizaron a la norma vigente”.

Las principales modificaciones para la nocturnidad

Se amplía la duración de la temporada de verano:

La temporada de verano en Santa Fe pasa a durar 8 meses para el uso de patios abiertos y del espacio público en todo tipo de bares y restoranes.

El período se extiende desde el 1 de septiembre hasta el 30 de abril, es decir, tres meses más que lo previsto por la ordenanza aprobada en el 2022 que iba desde el 15 de noviembre al 14 de marzo.

- Horarios

Los bares que tienen permitida la música en vivo y el baile, sin cobro de entrada, como también los espacios culturales, tienen hasta las 3:30 como horario tope para hacer uso de espacios abiertos de jueves a domingos.

Además, en estos días y en vísperas de feriados la música está autorizada hasta la medianoche.

- Más personas

Otro cambio importante implica la ampliación del aforo para los bares que tienen permitida la música en vivo y el baile, sin cobro de entrada, comprendidos por las categorías B y C de la clasificación de actividades de la ordenanza vigente.

Para el primer grupo (categoría B) tendrán un aforo permitido de hasta 100 personas, en vez de 80 como habilitaba la ordenanza sancionada en 2022.

Para los que integran la categoría C, el aforo permitido será de hasta 250 personas, en vez de 200 como tenían ahora, siempre que la infraestructura del lugar sea apta normativamente.

- Salas culturales o multiespacios

En las salas culturales o multiespacios con escenario, camerinos y equipamiento técnico afín en el que se desarrollen artes escénicas, y que brinden actividades gastronómicas complementarias, también se introducen cambios.

Ahora podrán realizar actividades en el interior del local durante todo el año hasta las 3.30, y no solo desde el 15 de marzo al 14 de noviembre.

También podrán usar los patios y el espacio público igual que los bares: desde el 1 de septiembre al 30 de abril, de domingos a jueves hasta la 1.30; y los viernes, sábados y vísperas de feriados hasta las 3.30 horas.

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