Multarán a los autos que transporten bebés sin su silla
Dicen que “reduce un 40 % las lesiones mortales".
Viernes, 06 de octubre de 2017
El Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe sancionó una ordenanza que introdujo una modificación en el Reglamento General de Tránsito y del Régimen de Infracciones y Penalidades.
A partir de ahora, los menores de 10 años, deberán viajar en el asiento trasero de los autos y utilizar un sistema o dispositivo de retención infantil. En caso contrario, los conductores, serán multados y hasta inhabilitados.
La iniciativa fue presentada por Carlos Suárez, quien indicó que “el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) reduce en un 40 % las lesiones mortales y un 70 % la posibilidad de sufrir heridas graves”.
“Sin embargo, a pesar de su probada eficacia, el uso de estos sistemas está poco extendido en nuestro país y son muchos los niños que van en el auto sin protección”, explicó el edil.
CONCIENTIZACIÓN
Para el edil oficialista, es necesario “incrementar la divulgación de la utilidad del uso de los SRI, generando normas y campañas masivas de concientización acerca de su utilidad en caso de choque, aumentando la conciencia del riesgo de padres y la valoración positiva de su uso para que se incremente su utilización”.
MULTAS
En el texto votado, se indica también “que el Ejecutivo Municipal compensará el monto correspondiente a la multa, mediante la acreditación de la compra de un sistema o dispositivo previsto a nombre del infractor, siempre que se trate de la primera multa, con fecha posterior a la infracción, dentro de los treinta (30) días de notificada la misma”.
CAMPAÑAS
Por último, una disposición transitoria reza que estos cambios “entrarán en vigencia al cumplirse 180días posteriores a la promulgación de las modificaciones. En ese lapso, el Departamento Ejecutivo Municipal incrementará las campañas de concientización sobre el uso de sistemas de retención normalizados e instará a los comerciantes locales a poner a la venta solo este tipo de sistemas.
Fuente: LT 10