De la Rúa no pagará el Impuesto a las Ganancias
El expresidente habia iniciado un reclamo por los decuentos de su pensión vitalicia.
Domingo, 25 de febrero de 2018
El expresidente de la Nación, Fernando De la Rúa, no tendrá los descuentos del Impuesto a las Ganancias sobre la pensión vitalicia que cobra por haber estado al frente del Poder Ejecutivo del paÃs, en el periodo comprendido entre 1999 y 2001.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un fallo del Tribunal Fiscal de la Nación que concluyó que a De la Rúa no se le puede retener esa contribución, dado que la Sala V de la Cámara señaló que una ley equipara la situación de los expresidentes con la de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quienes también están exentos del tributo.
EQUIPARACIÓN
"Al dictarse la Ley Nº 24018 en 1991, la remuneración de un juez de la Corte Suprema estaba exenta del tributo, de modo que puede considerarse que el legislador la tuvo en cuenta al fijar la equiparación de aquella con la asignación que percibirán los Presidentes de la Nación que cesaran en sus funciones", asà lo consideraron los camaristas Guillermo Treacy, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Alemany.
RECLAMO
De la Rúa inició el reclamo porque en 2009 se le pagó un retroactivo de su pensión, sobre el que le retuvieron el Impuesto a las Ganancias. La AFIP sostuvo en la causa que el impuesto está bien aplicado porque ya no ejerce más el cargo, que es el perÃodo que la ley establece. Sin embargo, la cámara tuvo otro criterio.
EXENTOS
En ese sentido, los jueces señalaron que la ley 24018 establece el régimen de asignaciones mensuales vitalicias para el presidente, vice y los jueces de la Corte Suprema y fija que "para el Presidente de la Nación tal asignación será la suma que por todo concepto corresponda a la remuneración de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación". Y los magistrados están exentos del pago del impuesto a las Ganancias.
"Fue el legislador nacional el que -al dictar la Ley Nº 24018- equiparó la asignación mensual de los expresidentes con la suma que por todo concepto percibe en carácter de remuneración un juez de la Corte Suprema, aún con las diferencias en cuanto a la naturaleza de las funciones de quienes fueron designados en el Alto Tribunal y quienes fueron electos para ocupar la primera magistratura", señalaron los camaristas.
CAMBIOS
Los integrantes de la Sala indicaron en el fallo que la situación puede cambiar a partir de la presidencia de Mauricio Macri. Esto se debe a que el Congreso de la Nación sancionó una ley que fijó que desde el 1 de enero de 2017 quienes asuman como jueces, pagan impuesto a las ganancias. "Ello podrÃa afectar a las asignaciones que se abonen a los Presidentes que adquieran el derecho luego de esa fecha", sostuvieron.
Fuente: Perfil.com