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Ante una demanda por falsa acusación

La Justicia dejó sin fueros a Elisa Carrió

Lilita no podrá evitar responder por daños y perjuicios.

Lunes, 17 de diciembre de 2018

La Justicia rechazó la “inmunidad parlamentaria”, bajo la que se resguardaba la diputada oficialista Elisa Carrió, frente a la demanda civil que le inició, por daños y prejuicios, el administrador general de la Corte Suprema, Héctor Daniel Marchi.

De esta forma, la legisladora quedó expuesta a ser investigada sobre si plantearon una falsa denuncia y montaron una “operación de prensa”.

EL CONFLICTO

El conflicto inició en enero del 2016, cuando Carrió y el secretario de Fortalecimiento Institucional de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Fernando Sánchez, denunciaron a Ricardo Lorenzetti y a Marchi por enriquecimiento ilícito, afectando su buen nombre y honor, a sabiendas de que la AFIP había declarado la “inexistencia de interés fiscal en el caso”, según señaló Ámbito Financiero. 

Un año después, Marchi los demandó civilmente y la legisladora de Cambiemos se defendió argumentando que sus dichos estaban amparados en su función como legisladora, algo que había conseguido cuando la demandó Ricardo Echegaray.

SIN INMUNIDAD

“Se considera que la imputación de un delito es una cuestión no alcanzada por la inmunidad parlamentaria establecida en el artículo 68 de la Constitución Nacional, ya que la denuncia penal no es equiparable a una opinión o discurso, más aún cuando dicha imputación no es una derivación de la actuación atinente a la propia función legislativa asignada”, indicaron los camaristas Roberto Parrilli, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijoó, que componen la Sala B.

“Los demandados, al denunciar penalmente al actor imputándole la comisión de delitos exorbitaron la inmunidad de opinión parlamentaria al ocurrir ante otro poder de la Constitución pretendiendo llevar a juicio a un ciudadano”, agregaron.

Además, señalaron que negarle la oportunidad a Marchi de que reclame un resarcimiento en el ámbito civil por los daños ocasionados “violaría el límite de igualdad ante la ley”. 

En el caso de los fueros bajo los que se protegió Carrió, el camarista Parrilli aclaró que “la inmunidad que la Constitución le reconoce a los congresistas es para expresarse, no para denunciar penalmente a cualquier ciudadano por cualquier hecho, ni para armar supuestas operaciones de prensa, sin asumir ninguna responsabilidad y aquí son estas últimas las conductas que se les atribuyen”.

 

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